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TratoListo.

Contrato para trabajadora o trabajador del hogar

Es el contrato para quien contrata a una persona para el trabajo de su casa: limpieza, cocina, lavado, cuidado de personas u otras labores del hogar. La ley pide que el trabajo del hogar se fije en un contrato por escrito (artículo 331 Ter) y le da reglas propias de jornada, descansos, alimentos y habitación. Viene con sus formatos de evaluación inicial, recibo de pago y vacaciones.

Si contratas en tu casa, elige el giro «Casa particular»: se vende solo en $149, con sus formatos y su guía, porque el kit es para negocios. Si tienes un negocio, también viene gratis en el bono del kit de contratación laboral de $299, en compras hasta el 31 de diciembre de 2026.

Cuándo usar el contrato del hogar

Cuándo no

Así se ve la primera hoja

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO DEL HOGAR

Contrato que celebran, por una parte, [nombre completo de quien contrata] (en adelante, LA PERSONA EMPLEADORA), y por la otra, [nombre completo de quien trabajará]

Declaraciones

Cláusulas

Vista previa parcial. El texto completo viene en el Word que compras.

Inicio de la primera hoja. Lo amarillo es lo que tú llenas; las barras grises son el texto del documento, que recibes completo al comprar.

Qué trae el contrato

  1. DeclaracionesDatos de quien contrata, de la persona trabajadora y del domicilio donde se trabaja.
  2. Lugar, modalidad e inicioSi vive en el domicilio o trabaja de entrada por salida, la fecha de inicio y la evaluación inicial.
  3. Trabajo y salarioLas labores, el salario y cómo se paga, con el salario mínimo profesional del trabajo del hogar ($342.47 al día en 2026) como piso.
  4. Alimentos y habitaciónLo que se le da y cómo se considera para la ley.
  5. Horario, tiempo extra y descansosJornada, registro, descansos durante el día, descanso semanal y vacaciones.
  6. Seguridad socialSu alta en el IMSS.
  7. Uniforme, obligaciones y terminaciónHerramientas y uniforme, lo que debe cumplir la persona y cómo termina la relación.
  8. Beneficiarios y firmasPersonas beneficiarias, firmas y testigos.

Con 3 formatos en Word aparte (evaluación inicial de adaptación, recibo de pago y solicitud y constancia de vacaciones) y una guía de llenado.

Cómo se llena

  1. Llena los datos de la casa y de la personaNombres, domicilio, fecha real de inicio y si vive en la casa o trabaja de entrada por salida.
  2. Fija salario, horario y descansosCon el salario mínimo profesional del trabajo del hogar como piso y los descansos que pide la ley.
  3. Firma, entrega una copia y da de alta en el IMSSAmbas partes firman y la persona recibe su ejemplar. La guía te explica cada formato.

Errores comunes al llenarlo

Este contrato por $149

Eliges tu estado, tu municipio y tu giro, pagas y descargas el Word con sus formatos y su guía. También viene gratis en el bono del kit de $299, en compras hasta el 31 de diciembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio hacer contrato a la trabajadora del hogar?

Sí. La ley pide que el trabajo del hogar se fije en un contrato por escrito con las condiciones mínimas de la relación: trabajo, salario, jornada, descansos y prestaciones (artículo 331 Ter).

¿Cuánto es el salario mínimo de una trabajadora del hogar en 2026?

$342.47 al día, y $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte. Es el salario mínimo profesional que fija la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos para el trabajo del hogar.

¿Qué descansos le tocan?

Un día y medio ininterrumpido a la semana, de preferencia sábado y domingo; de común acuerdo pueden acumular los medios días cada dos semanas, siempre con un día completo de descanso cada semana (artículo 336). Si vive en el domicilio, además, al menos 9 horas seguidas de descanso nocturno y 3 horas diarias entre las actividades de la mañana y de la tarde (artículo 333).

¿Puedo terminar la relación?

Sí. Puedes darla por terminada dentro de los 30 días siguientes al inicio del trabajo y, después, en cualquier momento, avisándole con 8 días de anticipación y pagando la indemnización de los artículos 49, fracción IV, y 50. No estás obligado a reinstalarla (artículo 343). La excepción: no puedes despedir a una trabajadora embarazada, porque ese despido se presume discriminatorio (artículo 331 Ter).

Otros documentos

Guías

Revisado el 31 de octubre de 2026 con la Ley Federal del Trabajo vigente.