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Acta administrativa por faltas: cómo hacerla paso a paso

El acta administrativa es el documento donde dejas constancia de una falta: qué pasó, cuándo, qué dijo la persona y quién lo vio. La Ley Federal del Trabajo no la exige como requisito general, salvo que tu reglamento interior o un contrato colectivo la pidan, pero te ayuda a probar las faltas si después aplicas una sanción o rescindes la relación. En un juicio a ti te toca probarlas: guarda también el control de asistencia (artículos 784 y 804) y cuida que quienes firman el acta puedan confirmarla ante el Tribunal.

Cuántas faltas permiten rescindir

Más de tres faltas de asistencia en un periodo de 30 días, sin permiso del patrón o sin causa justificada, son causa de rescisión sin responsabilidad para el patrón (artículo 47, fracción X). Es decir, la cuarta falta dentro de ese periodo. Una incapacidad del IMSS o un permiso que tú diste son causa justificada.

Qué debe decir el acta

Cuándo levantarla

Lo antes posible después de cada falta. Para despedir o para disciplinar una falta tienes un mes, que corre desde el día siguiente a que la conoces (artículo 517, fracción I). Si lo dejas pasar, pierdes ese derecho por esa falta.

Las faltas y el salario

El día que no se trabaja no se paga, y el día de descanso semanal se paga en proporción a los días trabajados (artículo 72). Fuera de eso, no puedes cobrar multas (artículo 107). Una suspensión como medida disciplinaria solo se aplica si la prevé el reglamento interior de trabajo ya depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (artículo 425), hasta por 8 días y después de oír a la persona (artículo 423, fracción X).

El acta no sustituye el aviso de rescisión

Si decides rescindir, debes darle a la persona un aviso por escrito con la conducta y las fechas que lo motivan. Se entrega personalmente al momento del despido, o se comunica al Tribunal dentro de los 5 días hábiles siguientes con el último domicilio que tengas registrado. Mientras la persona no reciba el aviso en persona, no empieza a correr su plazo para demandar, y sin ese aviso se presume que el despido fue injustificado, salvo prueba en contrario (artículo 47).

El formato de acta, con el reglamento interior

El formato de acta administrativa viene en la oferta adicional, con el reglamento interior de trabajo y los formatos de operación: $199 más sobre el kit de $299, $498 en total.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas faltas son para despedir a un trabajador?

Más de tres faltas en un periodo de 30 días, sin permiso ni causa justificada (artículo 47, fracción X): la cuarta falta dentro de ese periodo. Documenta cada una y, si rescindes, entrega el aviso de rescisión por escrito.

¿El trabajador está obligado a firmar el acta?

No. Si se niega, se anota en el acta y firman los testigos. Lo importante es que haya tenido la oportunidad de dar su versión.

¿Puedo descontar las faltas del sueldo?

El día no trabajado no se paga, y el descanso semanal se paga en proporción a los días trabajados (artículo 72). Lo que no puedes es cobrar multas (artículo 107).

¿Cuánto tiempo tengo para levantar el acta?

Hazlo en cuanto sepas de la falta. Para despedir o sancionar tienes un mes desde el día siguiente a que la conoces (artículo 517).

¿Los retardos cuentan como faltas?

No. La causa de rescisión es por faltas de asistencia, no por retardos (artículo 47, fracción X). Tu reglamento interior puede fijar una tolerancia y sanciones, como una amonestación o una suspensión de hasta 8 días después de oír a la persona (artículo 423, fracción X). Lo que no puede es sumar retardos para contarlos como faltas, ni descontar un día de salario por ellos: eso sería una multa (artículo 107).

Contratos del kit

Otras guías

Revisado el 31 de octubre de 2026 con la Ley Federal del Trabajo vigente.